Calcular a que distancia cae un rayo.
Muchas veces cuando vemos caer un rayo nos surge la pregunta ¿a qué distancia de nosotros habrá “impactado” el rayo?, si bien la respuesta carece de exactitud milimétrica es el método mas rápido y cercano a la cifra exacta. El error en el cálculo se produce dado a que el conteo casi nunca es preciso y la velocidad del sonido presenta algunas variaciones (pequeñas) según las condiciones climática.
Para llevar a cabo el cálculo es necesario cronometrar el tiempo (de la mejor manera posible) desde que cae el rayo (o se ve el destello) hasta que se oye el trueno, el número resultante lo dividimos por 3 y el número que nos da es la distancia en kilómetros. Para saber la distancia en millas se aplica el mismo procedimiento pero se divide por 5.
FUENTE: Wikihow.com
Mochila Solar
El pack incluye 11 adaptadores para conectar diferentes aparatos electrónicos portátiles, la coraza utiliza tela fabricada con PET reciclado (botellas plásticas de gaseosas), que es duradero, resistente al agua y liviano.Su peso (incluidos los paneles solares y la batería) es de 1.590 grs.
FUENTE: Facundo Fernández en Twitter.
La rueda mágica
Desde hace varias décadas el sentido de la comunicación a tomado formas inimaginables y cada día los medios por los cuales hacerlo se nos sirven en bandeja, comunicar, decir y mostrar, de eso se trata. En un mundo así, en donde todos comunican cosas, las formas de hacerlo debe ser cada vez más directa, llamativa e ingeniosa (en ese orden). Esta evolución parece apuntar a la mayor comunicación mediante el mínimo esfuerzo, tan paradójico como suena (más por menos = más).
Página oficial: digitalcowboy (en japones)
Si quieres verlo en funcionamiento tendrás que descargar este video demostrativo (de dudosa procedencia) realizado por un hombre con cara de caballo (literalmente).
Fotografía de Rosario
En este humilde acto de egoísmo quiero presentarles mi blog sobre fotografía ciudadana, lugar en donde expongo fotografías propias que en gran medida corresponden a la ciudad de Rosario, Argentina.
La idea es plasmar en el tiempo las imágenes corrientes que llenan nuestros ojos al transitar las distintas siluetas de esta ciudad. También vale de excusa para contar historias y porqué no brindar datos históricos referenciales.
«Ley de medios K» o también «Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual»
La siguiente es una síntesis comparativa entre la ley vigente y la norma a debatir:
1) Comparando los conceptos de “libertad de expresión”: La ley vigente limita esa facultad por las necesidades de la Seguridad Nacional debido a que fue sancionada en el gobierno de facto.
El proyecto propuesto de Servicios de Comunicación Audiovisual garantiza el derecho humano universal a la información y a la libertad de expresión como lo prevé la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
2) Comparando las definiciones sobre “las autoridades de aplicación”: La norma vigente establece que el organismo que regula a la radio y televisión está integrado por militares, servicios de inteligencia y empresarios.
En cambio, el proyecto de ley propone que el ente sea dirigido por un órgano colegiado compuesto por representantes de la legislatura nacional, de la segunda y tercera minoría y representantes del Poder Ejecutivo Nacional. También establece un Consejo multisectorial y participativo integrado por miembros de las Universidades, de las Asociaciones sin fines de lucro, de los trabajadores, etc.
3) Acerca de los monopolios y oligopolios: Ley vigente 22.285: admite esas instancias en los medios de comunicación. El Estado tiene una participación subsidiaria ya que solo puede dar servicio en áreas geográficas no rentables para los privados.
La nueva ley impide la formación de monopolios y oligopolios, promoviendo el pluralismo del espectro y de los servicios de Comunicación Audiovisual. El Estado Nacional, las Provincias, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los municipios tendrán asignadas frecuencias.
4) Sobre el plazo de licencias: La antigua 22.285 establece que las licencias duran 15 años y pueden prorrogarse por 10 más.
La propuesta actual aconseja que duren 10 períodos y se podrán extender previa realización de audiencias públicas.
5) ¿Qué dice una y otra sobre los requisitos para ser titular de una licencia?: Ley vigente 22.285: exige requisitos personales basados en la posesión de riqueza y preferencia de aspectos patrimoniales.
En cambio el proyecto de Servicios de Comunicación Audiovisual establece que para ser titular de una licencia se ponderarán criterios de idoneidad y de arraigo en la actividad. Excluirá a quienes hayan sido funcionarios jerárquicos de gobiernos de facto, atendiendo a la importancia de los medios en la construcción del Estado de Derecho y la vida democrática.
6) Sobre los contenidos de interés público: La ley vigente permite la codificación de las transmisiones deportivas, impidiendo el acceso abierto a la mayoría de la población.
La norma propuesta en la actualidad prevé que los partidos de fútbol relevantes puedan ser transmitidos por televisión abierta.
7) Las cooperativas también estarán presentes en este debate acerca del pasado y futuro: La participación de esas asociaciones estuvo prohibida hasta el año 2005. En la actualidad mantienen algunas restricciones.
El proyecto de ley a debatir establece un régimen abierto para los cooperativistas.
8) ¿Qué definen ambas reglamentaciones acerca del cine nacional?: Ley vigente 22.285: No está previsto.
Proyecto de Ley: fija una cuota de pantalla de cine nacional como lo hicieron países como Francia o Brasil.
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